Martes, 24 Marzo 2020 22:03

Prohibirán cortes de servicios esenciales para usuarios de sectores postergados

La medida incluirá los servicios de agua, luz, gas, internet y cable. Es por 180 días y alcanza a beneficiarios de AUH, monotributistas sociales, jubilados que cobren el haber mínimo, PyMES y cooperativas entre otros. Las empresas deberán establecer planes de pagos especiales.  

El presidente Alberto Fernández firmó este martes un Decreto de Necesidad y Urgencia por medio del cual se prohibirán los cortes de todos los servicios esenciales por falta de pago.


La medida se da entendiendo que esa situación se podría incrementar por la crisis económica profundizada por la cuarentena obligatoria establecida para frenar la pandemia de coronavirus.


Según se supo, la medida es por 180 días e incluye los servicios de energía eléctrica, gas por redes y agua corriente, telefonía fija o móvil e internet y TV por cable por vínculo radioeléctrico o satelital.


El decreto además establece que la prohibición de la suspensión de esos servicios será para los usuarios residenciales de los sectores más postergados.


Entre ellos, no se les interrumpirá el servicio a los beneficiarios de AUH, pensiones no retributivas, inscriptos en el monotributo social, jubilados que cobren el haber mínimo, trabajadores que cobren el salario mínimo, los beneficiarios del seguro de desempleo, electrodependientes, empleados en casas particulares y exentos del ABL.


También a las Pymes y micro-empresas en emergencia, a las cooperativas y empresas recuperadas; a las empresas de salud públicas o privadas y a las de bien público que  participen de la cadena de alimentos. A futuro, en tanto, se podrían incluir nuevos beneficiarios en caso de que sea necesario. 


Las empresas "prestadoras de los servicios de energía eléctrica, gas por redes y agua corriente, telefonía fija o móvil e internet y TV por cable, por vínculo radioeléctrico o satelital, no podrán disponer la suspensión o el corte de los respectivos servicios a los usuarios en caso de mora o falta de pago de hasta tres facturas consecutivas o alternas", según el artículo 1 del decreto según publicó Télam.


Entre los considerados, el texto firmado por el Presidente obliga a las empresas a generar un plan de pagos especial para saldar las deudas para los sectores y las empresas más vulnerables. 

 

La medida había sido adelantada por Fernández el pasado fin de semana.


“Estamos trabajando en un DNU para prohibir los cortes de todos los servicios esenciales, para que el que no pueda pagar no se quede sin agua, luz, Internet, ni cable”, había señalado.

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