Martes, 18 Junio 2019 23:26

Proponen que no se admita como prueba el pasado sexual de víctimas de violaciones

Es una iniciativa de la diputada Lucía Portos, que apunta a que se revictimice a la persona que sufre abusos y rechazar referencias estereotipadas.

La diputada provincial de Unidad Ciudadana Lucía Portos presentó un proyecto de ley que busca modificar el Código Procesal Penal bonaerense para que no se admita como prueba en un proceso el pasado sexual de víctimas de abuso o violaciones.

 

Se trata de la denominada “Ley Abrazo”, que tiene por objeto evitar la revictimización en los casos en los que se investigue violencia sexual.

 

Para presentar el Proyecto se realizó un video del que participaron las periodistas Luciana Peker y Flor Alcaraz, la activista feminista Femigangsta y la actriz Thelma Fardin. Allí se expuso el caso de Lucía Pérez, una joven de 16 años de Mar del Plata asesinada en 2016, y por quien no hay culpables. En el fallo, los jueces expusieron que la menor solía tener sexo con hombres mayores que ella, argumento que sirvió para abonar le teoría que no hubo violación.

 

El proyecto de ley busca proteger a las personas de la repetición de la violencia durante un proceso penal donde se investigue o juzgue violencia sexual. El texto señala que “en los procesos por delitos contra la integridad sexual de las personas no podrá admitirse prueba referida al comportamiento sexual anterior o ulterior de la víctima o de un testigo”.

 

A su vez, establece reglas para evitar inferencias sobre el consentimiento estereotipadas tales como que “no podrá inferirse del silencio o de la falta de resistencia de la víctima a la supuesta violencia sexual”.

 

“Los códigos procesales deben establecer reglas que no permitan avanzar sobre la intimidad de las personas, así como inferencias sobre la existencia de consentimiento sin base probatoria. Los argumentos estereotipados son discriminatorios y dejan desprotegidas a las personas en la sustanciación de los procesos donde se investiga y juzga la violencia sexual. La Cámara de Diputados de la PBA tiene la obligación constitucional de aplicar los tratados internacionales de derechos humanos, en este sentido la CEDAW y la Convención Belem Do Pará ponen especial énfasis en el deber de los estados en remover estereotipos de género, así como el derecho a ser valorada libre de patrones estereotipados de comportamiento y prácticas sociales y culturales basadas en conceptos de inferioridad o subordinación. Por esta razón se propone este conjunto de reglas procesales que eviten la apertura de líneas de investigación que indagan sobre la vida y el pasado sexual de las víctimas habilitando el maltrato y la humillación de quienes denuncian o de niñas y adolescentes donde estos delitos deben ser investigados de oficio”, continúa el proyecto.

 

“La revictimización funciona con un peso muy fuerte disuadiendo a las personas de realizar denuncias, cuando estas defensas, tan ineficientes -pues no tienen relación con la conducta juzgada- como dañinas, son permitidas dentro del proceso”, agrega.

 

 

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