Martes, 10 Noviembre 2020 13:51

DISPO: El Municipio habilitó a restaurantes a atender en el interior de los locales

Deberá no ser mayor al 30% de la capacidad del lugar, con adecuada ventilación natural. También se abrirán plazas y se oficializó la apertura de shoppings.

En el marco de la fase de Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio (DISPO) el gobierno Municipal autorizó el retorno de algunas actividades y la ampliación de otras.

Por medio de un decreto del intendente Federico Achával, en línea con lo dispuesto por Provincia, se decidió que locales gastronómicos puedan desde este momento recibir a clientes en el interior de los locales, aunque con limitaciones.

El texto indica que "se autoriza el ingreso y permanencia de comensales en los establecimientos dedicados a la actividad gastronómica disponiéndose que el coeficiente de ocupación de las superficies cerradas será de un máximo del 30% del aforo en relación con la capacidad máxima habilitada, debiendo los ambientes estar adecuadamente ventilados de acuerdo a las exigencias previstas en el correspondiente protocolo".

Otra autorización tiene que ver con "disponer la apertura de plazas y espacios públicos ubicados en el partido de Pilar" donde "el ingreso y permanencia (...) deberá hacerse respetando el distanciamiento social preventivo y obligatorio, y la utilización de tapabocas, evitando el aglomeramiento de personas".

Además, se oficializó la apertura de shopping y paseos comerciales al aire libre los cuales "deberán funcionar sin patios de comidas y espacios recreativos con estrictos protocolos aprobados según la provincia de Buenos Aires".
En otro de los aspectos, el servicio que también queda habilitado es el del personal auxiliar de casas particulares multidomiciliario, y además se autoriza también la obra privada en construcción, ya que no tendrá limitaciones, más allá, claro, del cumplimiento de los protocolos.

El decreto establece que se autoriza, además, la venta al por menor de productos textiles, prendas de vestir calzado y juguetes en comercio de cercanía con ingreso de clientes; los servicios de gestoría; las ferias itinerantes de alimentos; y el servicio del lavadero de autos.

La disposición, en tanto, señala que las medidas podrán ser dejadas sin efecto en cualquier momento si se constata el incumplimiento de los protocolos o si razones de interés público ante la situación epidemiológica así lo requieren, y recuerda que sigue vigente del decreto que obliga a responsables de locales comerciales o de actividades en marcha a dar aviso a la Comuna ante casos sospechosos o positivos de COVID-19.

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