
Entra en vigencia la Ley de Inocencia Fiscal: el Gobierno busca los “dólares del colchón”
Nación puso en funcionamiento el Régimen Simplificado de Ganancias y restringió el alcance de los controles de Arca.
:format(webp):quality(40)/https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/media/k2/items/src/eb58bb47ab7f2f982fd4e6e6822d1f73.jpg)

El Gobierno nacional reglamentó la Ley de Inocencia Fiscal, aprobada por el Congreso en diciembre, y activó un nuevo marco tributario orientado a promover la formalización de capitales no declarados, incluidos los denominados “dólares del colchón”. La decisión quedó oficializada a través del Decreto 93/2026, publicado este lunes en el Boletín Oficial.

La norma puso en marcha el Régimen Simplificado de Ganancias (RSG) y redefinió las facultades de fiscalización de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). A partir de ahora, los controles del organismo se concentrarán exclusivamente en los ingresos declarados y las deducciones admitidas, excluyendo expresamente la evaluación de incrementos patrimoniales, consumos personales y movimientos bancarios.
Según el diseño oficial, el objetivo es transformar los blanqueos fiscales en una herramienta permanente y no excepcional. En ese sentido, el régimen abandona el criterio de presunción de evasión y establece que, cuando el contribuyente presenta su declaración y cumple con el pago del impuesto en tiempo y forma, se activa un efecto liberatorio que bloquea revisiones administrativas y penales sobre ejercicios anteriores.
Desde la ARCA sostuvieron que el nuevo esquema busca revertir un enfoque histórico de control excesivo.
“Con la Ley de Inocencia Fiscal se deja atrás un régimen persecutorio. Décadas de cepo cambiario, alta inflación, volatilidad y un sistema tributario asfixiante empujaron a millones de argentinos a la informalidad y la evasión. En ese esquema todos eran considerados evasores. La Ley de Inocencia Fiscal viene a poner las cosas en su lugar y le devuelve la libertad a los argentinos de usar su dinero sin darle explicaciones a nadie”, indicó el organismo en un comunicado oficial.

Alcance del régimen y contribuyentes incluidos
El Régimen Simplificado de Ganancias es de adhesión voluntaria y está dirigido a personas humanas con ingresos anuales de hasta $1.000 millones y un patrimonio total que no supere los $10.000 millones. Estos parámetros se evaluarán ejercicio por ejercicio, considerando el período fiscal de adhesión y los dos anteriores, sin acumulación de montos entre años.
Quedan expresamente excluidos los denominados Grandes Contribuyentes Nacionales, un grupo que el Gobierno estima en alrededor de 900 personas.
Uso de los “dólares del colchón” y bancarización
El decreto también fija las condiciones para la utilización de los ahorros en dólares no declarados. Los fondos deberán canalizarse a través del sistema financiero, ya sea mediante el depósito en una cuenta del propio contribuyente o mediante transferencias directas al vendedor en una operación comercial.

Se mantiene, no obstante, la excepción vigente para las operaciones inmobiliarias, que podrán seguir realizándose en efectivo, tal como lo establece el Decreto N.º 22/2001. En paralelo, se modificaron los umbrales de información bancaria: las transacciones de hasta $10 millones mensuales no generarán reportes automáticos ante la ARCA.
Cambios en materia penal tributaria
En el plano penal, la reglamentación elevó de manera significativa los montos mínimos para la configuración de delitos tributarios. La evasión simple pasó a tener un umbral de $100 millones, mientras que la evasión agravada se fijó en $1.000 millones.
Para los contribuyentes cumplidores, además, se redujo el plazo de prescripción de cinco a tres años y se habilitó un mecanismo de regularización voluntaria que permite extinguir la acción penal mediante el pago del impuesto adeudado, los intereses correspondientes y una multa adicional.
Desde la ARCA aclararon que los monotributistas que pretendan ingresar dólares al sistema financiero deberán adherir previamente al Régimen Simplificado de Ganancias. En caso contrario, quedarán sujetos a fiscalizaciones. En el organismo anticipan que una porción relevante de este segmento optará por regularizar su situación.
Principales puntos del nuevo esquema
Requisitos de adhesión
Para ingresar al régimen se deberán cumplir, entre otros, los siguientes criterios:
Ingresos totales anuales de hasta $1.000 millones.
Patrimonio total de hasta $10.000 millones.
No tener la condición de Gran Contribuyente Nacional. La verificación se realizará considerando el período fiscal de adhesión y los dos anteriores.
Declaración Jurada Simplificada y efecto liberatorio
ARCA pondrá a disposición una Declaración Jurada Simplificada precargada, que podrá ser revisada y modificada por el contribuyente. La presentación y el pago en término —o la adhesión a un plan de facilidades dentro del vencimiento— otorgarán efecto liberatorio respecto del Impuesto a las Ganancias del período fiscal base.
Canalización de fondos
Las operaciones se considerarán correctamente bancarizadas cuando los fondos ingresen al sistema financiero en el origen o en el destino de la transacción. Se ratifica la posibilidad de realizar compraventas inmobiliarias en efectivo.
Prevención de lavado de activos
La constancia digital de adhesión al RSG será considerada un antecedente favorable ante entidades financieras y sujetos obligados en materia de prevención de lavado de activos. ARCA implementará un sistema de validación digital para facilitar este control.
Exclusión del análisis patrimonial
La normativa aclara que no se evaluará el incremento patrimonial ni los depósitos bancarios a los fines de verificar el cumplimiento del régimen.
Presunción de exactitud y nuevo período fiscal base
Las declaraciones juradas presentadas bajo este esquema gozarán de una presunción de veracidad. Cada presentación en término, con pago incluido, constituirá un nuevo período fiscal base, dejando protegidos los ejercicios anteriores, salvo que exista una orden de intervención notificada con anterioridad.
Rectificaciones y sanciones
La rectificación espontánea presentada antes de una notificación formal no será considerada una discrepancia significativa. Además, se prevé una reducción del 50% de las multas para quienes regularicen su situación dentro de los 45 días posteriores al vencimiento.



