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Una a una, las medidas restrictivas que regirán según la situación epidemiológica
Viernes, 30 Abril 2021 10:24

Una a una, las medidas restrictivas que regirán según la situación epidemiológica

Incluyen limitaciones generales, y otras que se aplicarán según la cantidad de contagios y la velocidad de nuevas infecciones, como en el caso del AMBA.

El Presidente Alberto Fernández extendió las medidas restrictivas en el AMBA, zona considerada de “alarma epidemiológica y sanitaria”, debido a los altos niveles de contagio por coronavirus que se registran.

 

Habrá medidas generales para todo el país, y otras puntuales para aquellos distritos en donde la cantidad de nuevas infecciones y la proporción según la población, son altos, además de los niveles de ocupación de camas.

 

Para todo el país, las medidas son:

 

- Suspensión de los viajes grupales de egresados, de estudio y de grupos turísticos.

- Suspensión de las reuniones sociales de más de 10 personas.

- Suspensión de asistencia al trabajo para personas de riesgo.

 

Riesgo
Por otro lado, se fijaron tres parámetros para determinar qué zonas están en alto o bajo nivel de riesgo. Se trata de la razón, que es el aumento de casos en últimos 14 días comparado con los 14 anteriores. La incidencia, cantidad de casos cada 100.000 habitantes. Y ocupación de camas de terapia intensiva.

 


Para las zonas de riesgo medio (de más de 40.000 habitantes - Indicadores: a) RAZÓN: 0.8 a 1.2 e b) INCIDENCIA: entre 50 a 150 casos c/ 100.000 habitantes), se establece que "es facultad y responsabilidad de gobernadores/as adoptar en forma temprana medidas que disminuyan la circulación para prevenir los contagios".



Para las zonas de alto riesgo (de más de 40.000 habitantes – Indicadores: a) RAZÓN: MAYOR A 1.20 e b) INCIDENCIA: MAYOR A 150 c/ 100.000 habitante), las restricciones son las siguientes:

- Se suspenden actividades sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados, así como las reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 10 personas

- Se suspende la práctica recreativa de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de 10 personas

- Se cierran casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta.

- Se establece el cierre de los bares y restaurantes a partir de las 23hs

- Se prohíbe la circulación entre las 00.00 y las 06.00 de la mañana de cada día. (Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar.)

- se establece un aforo de 30% para eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos, cines, teatros, clubes, centros culturales y afines; locales gastronómicos; gimnasios.

- se disponen medidas locales y focalizadas de contención para limitar la circulación por horarios, por zonas o determinadas actividades, teniendo en cuenta el estatus sanitario. Estas medidas podrán adoptarse también en los lugares de alto riesgo o riesgo medio y respecto de partidos y departamentos de menos de 40.000 habitantes.



Finalmente, para las zonas de alerta epidemiológica y sanitaria, en donde aparece toda el AMBA y Pilar, se disponen las siguientes medidas:

-Se suspende actividad de centros comerciales y shoppings.

- Se suspenden las actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas en lugares cerrados.

- Locales comerciales entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente, con excepción de los esenciales con horario nocturno.

- Restricción en ámbito educativo: se suspenden las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en los todos los niveles.

- Se prohíben los deportes grupales.

- Se cierran casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta.

- Entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente. Luego de las 19 podrán continuar bajo las modalidades delivery. En los horarios autorizados de funcionamiento, sólo podrán atender a sus clientes en espacios habilitados al aire libre.

- Se prohíbe la circulación entre las 20.00 y las 06.00 de la mañana de cada día. (Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar.)

- Transporte público solo para esenciales y autorizados.

 

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