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El Concejo Deliberante apoyó la reglamentación de la Ley de Talles
Lunes, 28 Junio 2021 17:53

El Concejo Deliberante apoyó la reglamentación de la Ley de Talles

Los y las ediles mostraron su acompañamiento la normativa que establece un sistema único normalizado de talles de indumentaria. «Es nuestro deber impulsar políticas para que niños, niñas y adolescentes proyecten un futuro con bienestar físico, mental y emocional», destacaron.

El Concejo Deliberante de Pilar mostró su apoyo a la reglamentación de la Ley de Talles.

 

Se trata de la Ley 27.521 que establece un sistema único normalizado de identificación de talles de indumentaria con la implementación de medidas corporales estandarizadas.

 

La iniciativa había sido aprobada por el Congreso en noviembre de 2019 y fue reglamentada por el Gobierno Nacional a principios de este mes de junio a través del decreto 375/2021 que fue publicado en el Boletín Oficial. 

 

La normativa, señalan desde Nación, rige para quienes comercializan vestimenta nacional o importada, de manera presencial o por medios electrónicos.

 

En la última sesión del Concejo Deliberante local, los y las concejales apoyaron por unanimidad un proyecto de resolución que mostraba el beneplácito por esta medida, impulsado por el Frente de Todos.

 

La concejal de ese espacio, Roxana Pombo, destacó la importancia de la Ley y argumentó que «es fundamental» acompañarla.

 

Señaló «el padecimientos que sufren niños, niñas y adolescentes a temprana edad por un estereotipo de belleza establecido que no es real» y agregó que «la expulsión y estigmatización que sufren al no dar con los cánones establecidos provocan grandes problemas emocionales y trastornos en la salud física y mental de los y las jóvenes».

 

«Es nuestro deber como gobierno dar estas herramientas y pensar en políticas publicas para que nuestros niños proyecten un futuro integrador y solidario asegurando su bienestar físico, mental y emocional»; completó Pombo.

 

La Ley

 

La Ley de Talles, establece que la totalidad de la indumentaria destinada a la población a partir de los 12 años de edad deberá ser fabricada, confeccionada y comercializada de conformidad con un sistema único normalizado de talles de indumentaria (SUNITI), cuyos talles estarán estandarizados según las medidas corporales de la población argentina, surgidas de un estudio antropométrico, que estará a cargo del INTI, organismo que deberá realizarlo en un plazo de 240 días.

«De esta manera, la indumentaria comercializada por distintos proveedores deberá respetar de manera homogénea el sistema de talles con las mismas medidas, lo que permitirá que las y los consumidores puedan tener una referencia de su talle para las prendas que adquiera de cualquier marca y comercio», señalaron desde el Gobierno Nacional.

 

Por otra parte, el decreto instituye a la Secretaría de Comercio Interior del Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación como autoridad de aplicación de dicha legislación.

 

Además, se crea el Consejo Técnico Consultivo del SUNITI, presidido por el director nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje en Consumo de la Secretaría de Comercio Interior y compuesto por representantes de las cámaras sectoriales, de la sociedad civil, de las asociaciones de consumidores, del Consejo Federal de Consumo, de docentes de las Universidades Nacionales de las carreras de Diseño de Indumentaria y Diseño Textil entre otros.

 

En tanto, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán adaptar sus normativas a lo determinado por la Ley de Talles y sus respectivas reglamentaciones y normas complementarias, mientras que queda establecida la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje en Consumo, dependiente de la Secretaría de Comercio Interior, como autoridad competente para sancionar en caso de incumplimiento de la ley y actuar frente a actos discriminatorios o prácticas abusivas por parte de las y los proveedores de indumentaria alcanzados por esta normativa.

 

En este sentido, los reclamos de las y los consumidores podrán ser ingresados en la Ventanilla Única Federal de Defensa del Consumidor y será aplicable el régimen sancionatorio de la Ley de Defensa del Consumidor (N° 24.240).

 

Por su parte, la Escuela Argentina de Educación para el Consumo tendrá la responsabilidad de realizar, en coordinación con el INADI y el Ministerio de Salud, actividades de capacitación, información y sensibilización para difundir y concientizar contra la estigmatización por cuestiones de talla y temáticas vinculadas a la Ley de Talles.

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